Pese al fin del estado de alarma, Almonacid, como el resto de municipios CLM, se mantiene en alerta sanitaria

Las principales novedades son que se suprime el cierre perimetral de la CCAA y también el toque de queda. Mira aquí el resumen de las medidas del nuevo decreto publicado ayer, 08 de mayo.

Almonacid de Zorita. 09 de mayo de 2021. Con el decaimiento del Estado de Alarma, a partir del día 09 de mayo, van a cambiar algunas medidas de seguridad. Ya no habrá cierre perimetral, ni tampoco toque de queda. Así lo confirmaba el presidente regional, al confirmarse que no hay cobertura jurídica tras el fin del estado de alarma.

Sin embargo, esto no quiere decir que se hayan acabado las restricciones o que haya que relajarse en cuanto al cumplimiento de la normativa de seguridad. Castilla-La Mancha, incluido el municipio de Almonacid de Zorita, sigue en alerta sanitaria, independientemente de las "decisiones localizadas" que se puedan tomar de acuerdo con la evolución de la pandemia.

Resumimos aquí las medidas del nuevo decreto que entró en vigor anoche:

Resumen:

  • Fin del confinamiento perimetral.
  • Fin del toque de queda.
  • Uso obligatorio de mascarilla.

Establemientos de hostelería

  • Horario de cierre a la 1:00 h. como máximo y horario de apertura a las 06:00 h.
  • Distancia mínima entre mesas de 1,5 metros.
  • Máximo de 10 personas por mesa.
  • Aforo en el interior 75% y en el exterior al 100%
  • No se permite el consumo en barra.

Velatorios y comitivas fúnebres

  • Velatorios, aforo de 30 personas en espacios cerrados y de 50 al aire libre.
  • Comitivas fúnebres de máximo 50 personas.

Ceremonias nupciales celebraciones

  • Aforo del 75% al aire libre y del 50% en espacios cerrados si se realizan en isntalaciones distintas de hostelería y restauración, con un máximo de 150 personas en espacios cerrados y 250 en espacios al aire libre.

Mercadillos

  • No podrán superar el 75% de los puestos habituales o autorizados, con una separación de un mínimo de 3 metros a cada lado.

Bibliotecas, Archivos, Museos y Salas de Exposiciones

  • En todos ellos, el aforo permitido es del 75%.
  • En las visitas de grupo a museos y salas de exposiciones, el número no debe superar el de 10 personas.

Visitas a monumentos y otros

  • Aforo máximo del 75%
  • Número de visitantes en grupo, máximo 25 personas

Cines, teatros, auditorios y similares

  • Aforo máximo del 75%, con localidades preasignadas

Congresos, conferencias, encuentros y similares

  • Aforo máximo del 75% con un máximo de 75 participantes.

Actividad física

  • Al aire libre y en grupo, máximo de 10 personas.
  • En instalaciones deportivas, aforo permitido del 75% y grupos de hasta 10 personas.
  • Actividad deportiva federada, hasta un máximo de 25 personas en entrenamientos.
  • Asistencia de público en instalaciones permitidas. Está permitida siemrpe que permanezca sentado y no se supere el 75% del aforo permitido.

Actividades de tiempo libre dirigidas a población infantil y juvenil

  • Al aire libre al 75% de la capacidad máxima habitual de la actividad, con un máximo de 250 participantes.
  • En el resto de los casos, 75% de la capacidad máxima habitual de la actividad, con un máximo de 150 participantes.

Actividades y festejos taurinos

  • 75% aforo autorizado, localidades preasignadas y metro y medio de seguridad interpersonal.

Mira aquí el nuevo decreto publicado anoche. 

 

 

 

Esta Web utiliza cookies para ofrecer nuestros contenidos y realizar labores analíticas. Al continuar con la navegación entendemos que se acepta nuestra
POLÍTICA DE COOKIES X